Reglas Detalladas para la Implementación de la Administración Estatal de Monopolio del Tabaco sobre la Preexaminación de Ofertas Públicas Iniciales y Cotización en Bolsa de Empresas Relacionadas con Cigarrillos Electrónicos, tanto Nacionales como Extranje

reglamentos por State Tobacco Monopoly Bureau
Jun.14.2022
Normas Detalladas para la Implementación de la Oficina Estatal de Monopolio del Tabaco sobre la Preparación de Exámenes de Ofertas Públicas Iniciales y Listado de Empresas Relacionadas con Cigarrillos Electrónicos, tanto Nacionales como Extranjeras.

Capítulo I Disposiciones Generales

 

Artículo 1 Estas Reglas Detalladas se formulan de acuerdo con la Ley de la República Popular China sobre el Monopolio del Tabaco, Reglamentos para la Implementación de la Ley de Monopolio del Tabaco de la República Popular China, Medidas para la Administración de Cigarrillos Electrónicos y otras leyes y regulaciones para regular la oferta pública inicial y la cotización de acciones por parte de las empresas relevantes de cigarrillos electrónicos.

 

Artículo 2: El departamento de Administración del Monopolio del Tabaco, bajo el Consejo de Estado, ejercerá una supervisión prudente sobre la inclusión de empresas relacionadas con cigarrillos electrónicos en el país y en el extranjero, dando pleno juego al papel de restricción estándar y de incentivos positivos en la financiación de la inclusión, y restringiendo estrictamente la financiación para la inclusión de empresas que no cumplan con las políticas industriales y regulaciones industriales.

 

Artículo 3 El departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado llevará a cabo una pre-examinación de la oferta pública inicial y la cotización de acciones dentro y fuera del territorio de la República Popular China por parte de las empresas relevantes de cigarrillos electrónicos establecidas y legalmente existentes dentro del territorio de la República Popular China, y se aplicarán estas Reglas. Las empresas relacionadas con los cigarrillos electrónicos a los que se hace referencia en estas Reglas incluyen:

 

El tema de la lista propuesta es la empresa de fabricación de cigarrillos electrónicos que ha obtenido la licencia de la empresa de fabricación de monopolio de tabaco (incluidas las empresas que producen productos, agentes de procesamiento, empresas que poseen marcas, etc., lo mismo a continuación), las empresas de producción de vapor y las empresas de producción de nicotina para cigarrillos electrónicos.

 

El sujeto a ser incluido no ha obtenido la licencia de empresa productora de monopolio del tabaco, pero la empresa ha obtenido la licencia de empresa productora de monopolio del tabaco dentro del ámbito de la declaración consolidada.

 

Empresas relacionadas con cigarrillos electrónicos reconocidas por el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado.

 

Artículo 4: Las empresas relacionadas con los cigarrillos electrónicos que tengan la intención de emitir acciones para una oferta pública inicial y cotización en el país y en el extranjero deberán presentar los documentos de solicitud para la preexaminación y los materiales pertinentes al departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado. Después de la aprobación y examen por parte del departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado, no podrán llevar a cabo los procedimientos para la emisión y cotización posteriores.

 

Artículo 5 No se debe indicar que se realizará un juicio sustancial o una garantía sobre el valor de inversión de los valores o el retorno de los inversionistas en la pre-examinación de la solicitud de oferta pública inicial y listado de acciones por parte de una empresa relacionada con cigarrillos electrónicos.

 

Capítulo II: Método de solicitud y materiales

 

Artículo 6 Las empresas relacionadas con los cigarrillos electrónicos que tengan la intención de emitir acciones para una oferta pública inicial y cotizar en el país y en el extranjero deberán presentar el formulario de solicitud para la pre-examen (consulte el Anexo 1 para más detalles) y los materiales relevantes (consulte el Anexo 2) a través del sitio web gubernamental del departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado, y presentar o enviar por correo el formulario de solicitud en papel y los materiales en el lugar. Los materiales electrónicos deberán ser consistentes con los materiales escritos.

 

Capítulo III: Proceso de revisión El proceso de revisión consiste en evaluar y verificar la exactitud y calidad de un documento, informe o proyecto. Este capítulo describe el proceso que se sigue para llevar a cabo la revisión. La revisión puede ser realizada por una o más personas con experiencia y conocimiento en el área relacionada. Generalmente, el revisor se encarga de leer y analizar detalladamente el documento, identificar posibles errores, inconsistencias o falta de información relevante, y hacer recomendaciones o sugerencias para mejorar el contenido. El proceso de revisión puede ser formal o informal, dependiendo de la naturaleza del documento y los requisitos establecidos. En caso de ser formal, se puede establecer un cronograma y una metodología específica para llevar a cabo la revisión. En cualquier caso, es importante que el revisor sea imparcial y objetivo en su evaluación. Una vez completada la revisión, se elabora un informe con los resultados y las recomendaciones. Este informe se entrega al autor del documento, quien puede tomar las acciones necesarias para corregir los errores o mejorar el contenido. En resumen, el proceso de revisión es fundamental para garantizar la precisión y calidad de un documento. A través de este proceso, se busca eliminar errores y mejorar la información presentada, lo que contribuye a la confiabilidad y credibilidad del documento final.

 

Artículo 7: Después de recibir los documentos de solicitud, el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado tomará una decisión sobre si aceptar la solicitud en un plazo de 5 días hábiles. En caso de inadmisibilidad, se informará al solicitante de las razones.

 

Artículo 8 En caso de que los materiales de solicitud cumplan con los requisitos, el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado emitirá opiniones de examen en un plazo de 20 días hábiles a partir de la fecha de aceptación de la solicitud. Si la opinión de revisión no puede ser emitida en un plazo de 20 días hábiles, se podrá extender por 10 días hábiles y se informará al solicitante de los motivos de la extensión.

 

Artículo 9: Si los materiales de solicitud no cumplen con los requisitos, las empresas relevantes de cigarrillos electrónicos podrán presentar los materiales relevantes una vez más dentro de los 10 días hábiles. Si los materiales complementarios aún no cumplen con los requisitos o se renuncia a su presentación complementaria, el Departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado tendrá derecho a rechazar la aceptación de la solicitud y devolver la solicitud correspondiente. Después de 6 meses a partir de la fecha de devolución de la solicitud, la empresa en cuestión podrá presentar una nueva solicitud.

 

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Artículo 11 En caso de que una empresa relacionada con cigarrillos electrónicos no apruebe el examen y la evaluación, la empresa en cuestión podrá volver a solicitarlo seis meses después de la fecha en que el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco en el Consejo de Estado emita la opinión de no aprobación del examen.

 

Artículo 12: En caso de que una empresa relacionada con cigarrillos electrónicos presente al departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado cualquier documento falso, declaración engañosa o omisión importante en los documentos de solicitud para la pre-examinación, declaraciones engañosas u omisiones importantes, defrauda el examen y la aprobación por medios fraudulentos, interfiere con el trabajo de examinación del departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado por medios impropios, se falsifica o altera la firma o sello de la empresa relacionada con cigarrillos electrónicos o de sus accionistas controladores, controladores reales, directores, supervisores o personal directivo de alto nivel, a excepción de lo establecido en las disposiciones relevantes de las leyes y regulaciones correspondientes, el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado debe detener la examinación y rechazar la solicitud de oferta pública inicial y cotización de las acciones de la empresa relevante de cigarrillos electrónicos dentro de los 36 meses.

 

Capítulo IV Disposiciones Suplementarias

 

Artículo 13 En caso de que no se haya presentado una solicitud de preexamen ante el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado, pero la autoridad regulatoria de valores bajo el Consejo de Estado determine que es necesario que el departamento de Administración del Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado emita una opinión de preexamen, regirán estas Reglas.

 

Artículo 14: Las empresas relacionadas con cigarrillos electrónicos deberán emitir acciones a inversores calificados no especificados y cotizarlas en la Bolsa de Valores de Beijing de acuerdo con estas Reglas Detalladas.

 

Artículo 15: La emisión pública inicial y la cotización de acciones de otras nuevas empresas fabricantes de productos de tabaco se llevarán a cabo de acuerdo con las disposiciones pertinentes de estas Reglas.

 

Artículo 16 Estas reglas serán interpretadas por el departamento de Administración de Monopolio del Tabaco bajo el Consejo de Estado.

 

Artículo 17 Estas Reglas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.

 

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