
La Unión Europea completa implementará una prohibición de los productos de tabaco calentados con sabor, después de la publicación de una directiva autorizada en el boletín oficial hoy.
La publicación de la Directiva de Autorización (UE) 2022/2100 se llevó a cabo después de que finalizara el período de revisión el 29 de octubre, durante el cual ni el Consejo Europeo ni el Parlamento Europeo plantearon objeciones a la prohibición.
La prohibición cubre todos los sabores excepto el tabaco y se ha finalizado después de un largo proceso - han pasado 11 meses desde que el tema fue planteado por el grupo de expertos en políticas de tabaco.
La directiva también elimina el derecho de los Estados miembros a otorgar exenciones para los productos de tabaco calentados de los requisitos de llevar advertencias sanitarias como los productos de tabaco para fumar.
Esta directiva entrará oficialmente en vigor el 23 de noviembre. Después de eso, los Estados miembros de la UE deberán incorporarla a sus marcos legales nacionales para el 23 de julio de 2023.
La prohibición del sabor en sí entrará en vigor el 23 de octubre de 2023, aunque, al igual que la Directiva de Productos del Tabaco (TPD), es posible que algunos estados miembros tengan dificultades para transponer o aplicar la legislación autorizante de manera oportuna.
¿Está actuando la Unión Europea dentro de su jurisdicción legal?
Sin embargo, la prohibición de los sabores no está exenta de controversia. En una reunión de febrero del grupo de expertos en políticas de tabaco, surgieron preocupaciones iniciales sobre si la Comisión Europea excedió su autoridad al introducir una nueva categoría legal: los productos de tabaco calentados.
Algunos países miembros expresan preocupación acerca de si la Comisión tiene el poder para introducir una definición de nuevas categorías de productos de tabaco en la legislación de autorización.
Recientemente, Bulgaria, Chipre, Grecia e Italia emitieron una declaración conjunta afirmando que la introducción de definiciones para los productos de tabaco calentados "excede el alcance de autorización de la Directiva 2014/40/UE e implica elementos fundamentales reservados para los legisladores europeos. Por lo tanto, debería estar sujeto al proceso regular de revisión legislativa".
Esto significa que el surgimiento de nuevos productos de tabaco ha llevado a la Unión Europea a reevaluar sus políticas de control del tabaco, especialmente a la luz de las revisiones en curso de la Directiva sobre Productos de Tabaco (TPD) y la Directiva sobre Impuestos Especiales del Tabaco (TED). Los defensores de la reducción de daños pueden no recibir con agrado la prohibición de los sabores en los productos de tabaco calentados.
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