Guam presenta proyecto de ley para prohibir la venta de tabaco en máquinas expendedoras.

reglamentos por 2FIRSTS.ai
Oct.18.2023
Guam presenta proyecto de ley para prohibir la venta de tabaco en máquinas expendedoras.
Un nuevo proyecto de ley en Guam tiene como objetivo prohibir la venta de productos de tabaco y nicotina a través de máquinas expendedoras, al tiempo que proporciona financiamiento adicional para programas de educación y prevención del tabaco y la nicotina.

De acuerdo con Postguam, un informe reciente revela que se ha propuesto un proyecto de ley en el territorio estadounidense de Guam. Este proyecto de ley tiene como objetivo prohibir la venta de tabaco, cigarrillos electrónicos y otros productos de nicotina a través de máquinas expendedoras. Además, busca asignar fondos adicionales a programas dedicados a la educación, prevención y tratamiento del tabaco y la nicotina.


El proyecto de ley número 187-37 estipulará que la venta de tabaco, dispositivos de cigarrillos electrónicos, productos relacionados con cigarrillos electrónicos o nicotina a través de máquinas expendedoras será considerada ilegal.


Según el informe del panorama epidemiológico del estado de Guam en agosto de 2023, el consumo de tabaco en Guam sigue siendo más alto que el de Estados Unidos, tanto para adultos como para adolescentes. A pesar de una disminución general, Guam aún mantiene una tasa de fumadores más alta en comparación con otros estados y regiones.


El proyecto de ley establece: "En la última década, la disminución en el consumo de tabaco y nicotina en Guam se puede atribuir a políticas locales fortalecidas, esfuerzos de cumplimiento y aumento de impuestos. Por lo tanto, se espera que al prohibir la venta de tabaco, nicotina, cigarrillos electrónicos y productos relacionados a través de máquinas expendedoras en Guam, se pueda crear una barrera segura para la juventud de la isla".


La Ley No. 186-37 ha modificado las regulaciones relacionadas con las tarifas y multas del tabaco, así como las disposiciones sobre el "Fondo de Educación y Prevención del Tabaco Juvenil".


De acuerdo con la legislación actual, el 30% de las multas y tasas relacionadas con el tabaco deben destinarse al Fondo de Deportes de la Isla, mientras que el 20% debe ser designado para el Fondo de Salud y Servicios Humanos. El 50% restante deben ser asignados al Fondo de Educación y Prevención del Tabaco en la Juventud.


El proyecto de ley número 186 ha realizado cambios en este método de asignación, asignando un 20% al "Fondo de Mejores Servicios Públicos del Departamento de Impuestos y Cumplimiento" para ayudar en la aplicación de leyes y regulaciones sobre tabaco y nicotina. Esto también significa que las multas y tarifas relacionadas con el tabaco ya no se utilizarán para financiar el "Fondo de Deportes en Alta Mar". El proyecto de ley número 186 aumenta la proporción del "Fondo de Salud y Servicios Humanos" al 30%, el cual también se utilizará para proporcionar servicios de educación y prevención sobre tabaco y nicotina, así como atención integral para el cáncer, el cáncer de mama y el cáncer de cuello uterino.


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