
Recientemente, la Comisión de Comercio Internacional de los Estados Unidos (ITC) anunció una decisión final parcial 337 sobre ciertos productos de cigarrillos electrónicos (Dispositivos vaporizadores desechables específicos, código de investigación: 337-TA-1410). La decisión estableció que la determinación inicial del juez de derecho administrativo (No.26) realizada el 5 de noviembre de 2024, no sería revisada, y que, basándose en una orden de consentimiento, la investigación contra el acusado nombrado Bidi Vapor, LLC de Orlando, FL, sería terminada y se emitiría una orden de consentimiento.
Esto significa que la Comisión de Comercio Internacional (ITC, por sus siglas en inglés) ha terminado oficialmente su investigación sobre Bidi Vapor, LLC. Esta decisión se basó en un acuerdo de orden de consentimiento alcanzado entre Bidi Vapor y las partes relevantes. La investigación fue iniciada el 22 de julio de 2024 por RAI Strategic Holdings, Inc., R.J. Reynolds Vapor Company, R.J. Reynolds Tobacco Company y RAI Services Company (referidas colectivamente como "Demandantes"). Estas empresas acusaron a ciertos dispositivos de vapor desechables de infringir su patente de EE. UU. (Patente No. 11,925,202) y violar la Sección 337 de la Ley Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1337) durante la importación, venta y uso en Estados Unidos. Los objetos de la investigación de la Comisión incluyeron a 35 empresas de Estados Unidos, China y otras ubicaciones, incluida la demandada Bidi Vapor, LLC.
Durante el transcurso del caso, el demandado Jiying Technology ha sido eliminado de la investigación mediante una orden de consentimiento, mientras que Heaven Gifts y varias otras empresas fueron considerados demandados ausentes por no presentar su defensa.
El 1 de noviembre de 2024, Bidi Vapor presentó una moción al comité solicitando la terminación de la investigación en su contra basada en un acuerdo de orden de consentimiento. El demandante y la Oficina de Investigaciones de Importaciones Desleales (OUII) no se opusieron a esto. El 5 de noviembre de 2024, el Juez Administrativo de Leyes determinó que la solicitud de Bidi Vapor cumplía con los requisitos del comité y se terminó la investigación.
El comité votó el 5 de diciembre de 2024 para no revisar el fallo preliminar y emitió una orden de consentimiento con respecto a Bidi Vapor.
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