
Puntos clave a tener en cuenta:
Cinco países plantean objeciones: Italia, Suecia, Grecia, Rumania y la República Checa han presentado objeciones a la legislación española en proyecto, argumentando que restringe la libre circulación de bienes.
Preocupaciones de la Comisión Europea: La Comisión Europea ha señalado que existen ambigüedades en las definiciones del borrador, lo que podría conducir a un alcance legal poco claro.
Controversia sobre medidas regulatorias: Los Estados miembros han expresado preocupaciones sobre las restricciones propuestas en el contenido de nicotina y la definición de ciertos productos en el proyecto de ley.
Según un informe de la Agencia de Noticias Europea (EUROPA PRESS) el 12 de mayo, el borrador del "Real Decreto Antitabaco" propuesto por el Ministerio de Salud de España tiene como objetivo fortalecer la regulación de productos relacionados con el tabaco como los cigarrillos electrónicos, productos de hierbas calentadas y bolsas de nicotina. Sin embargo, este borrador ha generado una amplia atención y controversia dentro de la Unión Europea.
Cinco estados miembros de la UE han expresado oposición al proyecto de propuesta, afirmando que viola los Artículos 34 y 35 del Tratado de la UE sobre la libre circulación de mercancías. Más específicamente:
Suecia: Se señala que la disposición en el borrador que restringe el contenido de nicotina de las bolsas de nicotina a 0.99 miligramos es efectivamente una prohibición de todos los productos actualmente en el mercado. Italia: Considera que esta restricción es inconsistente con el principio básico de la libre circulación de mercancías y puede crear barreras comerciales dentro del mercado interno. Grecia: Observa que las restricciones del borrador sobre el etiquetado son demasiado estrictas y pueden obstaculizar el comercio intra-UE. Rumania: Cuestiona la falta de evaluación de medidas alternativas más moderadas por parte de España, como la prohibición de la venta a menores. República Checa: Enfatiza que las bolsas de nicotina no contienen tabaco, no se queman, no producen humo ni cenizas, y están destinadas como alternativas a los cigarrillos tradicionales. La Comisión Europea está preocupada por varias definiciones en el borrador, centrándose especialmente en las definiciones de "cigarrillo electrónico desechable" y "productos relacionados", considerando que estas definiciones son más amplias que las especificadas en las regulaciones de la UE.
La organización cree que esto podría llevar a la ambigüedad en la aplicación de las leyes, lo que afectaría la ejecución de las leyes y el libre flujo de bienes. Además, el comité también señaló que la definición de nicotina en el borrador podría confundir al público al sugerir que ciertos derivados de la nicotina no caen dentro de la categoría de nicotina y, por lo tanto, no están sujetos a las regulaciones pertinentes.
La opinión también emitió una advertencia con respecto a la definición de "ingredientes perjudiciales para la salud humana", con el comité afirmando que "los estados miembros no deberían limitar esta categoría únicamente a sustancias específicas que cumplan ciertos estándares".
Por ejemplo, en relación con el etiquetado de los cigarrillos electrónicos, el comité instó a España a "garantizar que la definición de cigarrillos electrónicos sin nicotina no permita eludir los requisitos de advertencia de salud establecidos en las regulaciones comunitarias".
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